Seguiremos abordando aspectos importantes de la entrada en vigencia de la Ley de 40 Horas, que reduce la extensión de la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales. En esta oportunidad aclararemos algunas dudas respecto a los trabajadores que no están sujetos al registro de asistencia y con regímenes especiales.
La Dirección del Trabajo emitió un nuevo dictamen respecto a la limitación que tendrá la aplicación del artículo 22 inciso 2, el cual regula a los trabajadores que están excluidos de jornada, es decir, que no cumplen horarios.
¿Cuáles son los cambios con la nueva ley?